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¿Puedo reclamar?

¿Puede usted presentar un reclamo por muerte injusta en California?

California es estricta sobre quién puede demandar. El derecho a presentar un reclamo por muerte injusta lo define la ley, y haber sido cercano a la persona que murió no basta por sí solo.

Preguntas frecuentes

Solo en circunstancias limitadas. Una pareja doméstica registrada puede demandar. Una pareja que no está casada ni registrada por lo general no puede, a menos que califique como cónyuge putativo, es decir, alguien que creía de verdad y de buena fe que estaba legalmente casado. Según la ley de California, haber vivido juntos por mucho tiempo no basta por sí solo.

Sí, pero por lo general solo si el hijo adulto no dejó cónyuge, pareja doméstica, hijos ni nietos sobrevivientes. Si existe alguno de ellos, esas personas tienen prioridad. Los padres también pueden calificar si demuestran que dependían económicamente del hijo para al menos la mitad de su manutención.

El caso puede continuar de todos modos. California exige una sola demanda conjunta, así que a un heredero que no quiere unirse como demandante se le puede nombrar como demandado nominal. Eso lo incorpora al caso para que pueda avanzar, sin exigirle que participe activamente, y conserva su parte de cualquier compensación.

No. Esta firma no acepta asuntos de negligencia médica de ningún tipo, incluida una muerte después de una cirugía, un diagnóstico que no se hizo, un error con medicamentos o la negligencia en un asilo de ancianos. Es un campo especializado con sus propias reglas, y a usted le conviene más un abogado que se dedique a eso de tiempo completo. No espere: en California, los reclamos por negligencia médica por lo general deben presentarse dentro de un año después de descubrir la lesión y no más de tres años después de la lesión misma, y se exige un aviso de intención de 90 días antes de presentar la demanda. Llame ahora a un especialista y, si no sabe a quién, llámenos y le indicaremos uno.

La mayoría de los reclamos por muerte injusta contra partes privadas deben presentarse dentro de los dos años siguientes a la fecha de la muerte, según la sección 335.1 del Código de Procedimiento Civil. Si una agencia del gobierno puede ser responsable, por lo general hay que presentar un reclamo por escrito dentro de seis meses. Como las excepciones son técnicas, trate cualquiera de estos plazos como urgente. Tenga en cuenta que esta firma no acepta asuntos de negligencia médica, que tienen sus propios plazos mucho más cortos; si eso fue lo que pasó, llame hoy mismo a un especialista en negligencia médica, no la próxima semana.

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Las consultas gratuitas se ofrecen caso por caso. No todos los asuntos recibirán una consulta después de una conversación preliminar con un asistente legal, y no todos los casos serán aceptados.

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C.R., en Google. Reseña original en inglés.